El Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla crea la figura del precolegiado

Entre los fines del Ilustre Colegio de Abogados, recogidos en el artículo 3 de su estatuto, se encuentran recogidos: 3.1.a. La ordenación del ejercicio de la Abogacía y su representación exclusiva. y c. La intervención en el proceso de acceso a la profesión de la Abogacía.

Son estos fines los que, ante las últimas reformas en el sistema educativo universitario, que han ido introduciendo nuevos hitos en el acceso a la Abogacía, retrasado el momento en el que se accede a la colegiación, invitan a desarrollar la figura del precolegiado.

En concreto la Licenciatura en Derecho y la antigua pasantía, han sido progresivamente sustituidas por el título de Graduado en Derecho, al cual sigue el Máster Universitario de acceso a la Abogacía y la superación del examen de Acceso a la Abogacía (Prueba CAP).

Por todo ello, en su cometido de servicio público, defensa de la profesión, y acercamiento a los futuros profesionales de la abogacía el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla crea la figura del precolegiado.

Para optar a la precolegiación, el/la estudiante de Derecho en alguno de los centros universitarios incardinados dentro del territorio de actuación del colegio, deberá haber superado la mitad de los créditos ECTS necesarios para la obtención del título de Grado.

Igualmente podrán acceder a la condición de precolegiado/a, el caso de los Doble Grado, exigiéndose en este caso la superación del 50 % de los créditos totales, habiendo superado el 50 % de los créditos que compongan las asignaturas de Derecho.

Estas titulaciones son, a título ilustrativo: Derecho y Administración y Dirección de Empresas, Derecho y Economía, Derecho y filosofía, Derecho y Finanzas y Contabilidad, y, Derecho y Gestión y Administración Pública.

En todo caso la figura del precolegiado/a es transitoria, pues, pasados tres años desde que se adquiera tal condición se producirá la baja automática, salvo que hubiera tenido lugar la Colegiación.

Se contemplará una prórroga, la cual puede ser solicitada expresamente, y concedida por el propio colegio, para aquellos/as precolegiados/as que se encuentren cursando el  Curso Profesional de Acceso a la Abogacía o cercanos a la realización del examen de Acceso a la Abogacía.

En cualquier momento, la persona precolegiada podrá darse de baja.

La persona precolegiada tendrá acceso a los siguientes servicios:

  • Dispondrá de un carné que acredite su condición de precolegiado/a (digital o físico) siendo gratuito el digital, y contando el físico con un coste de 30 euros.

  • Derecho a participar en las actividades y formaciones gratuitas organizadas por el Colegio, exceptuando aquellas cuya naturaleza exija la condición de abogado/a colegiado/a. Y siempre con plazas limitadas de acuerdo al aforo.

  • Contar con un descuento igual al aplicado a colegiados/as con menos de cinco años de colegiación en ICAS o a los/as abogados/as pertenecientes a la Asociación de la Abogacía Joven Sevillana para las actividades formativas que no sean gratuitas”.

  • Formar parte de la bolsa de trabajo/práctica para aquellos despachos que soliciten estudiantes en prácticas.

  • Acceso a registrarse como usuario/a en el portal web del ICAS.

  • Acceso a las bases de datos, legislación y jurisprudencia y otras herramientas que el Colegio ofrece al colectivo con las limitaciones que por razones del servicio el Colegio establezca, teniendo prioridad de uso el /la colegiado/a en todo momento.

  • Recibir las publicaciones y circulares propias del Colegio que afecten a su condición de persona precolegiada, así como, recibir información sobre actividades y demás eventos que el Colegio organice o participe.

  • Uso de la biblioteca e instalaciones del Colegio, siendo el acceso siempre controlado por el personal del colegio y no pudiendo ser ocupadas más de 25 plazas de las que conforman el espacio físico de la biblioteca.

  • En ningún caso, la persona precolegiada, formará parte de los Órganos de Gobierno, ni tendrá derecho a ningún tipo de voto, ni podrá ejercer las funciones propias del ejercicio profesional dada su no condición de colegiado/a, no estando obligada al pago de cuotas colegiales.

Para solicitar la incorporación como precolegiado/a al Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, será necesaria la cumplimentación de un formulario y adjuntar la siguiente documentación.

  1. DNI.

  2. Expediente académico.

  3. 1 fotografía (tamaño carné).

  4. Certificación académica que indique el número de créditos superados.

FORMULARIO

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Fax
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De lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
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