Presentación

En cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía

El Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla ( en adelante ICAS) es una corporación de Derecho Público con domicilio en Sevilla, calle Chapineros, 6, 41004.

ICAS es una institución que tiene como objetivo defender la profesión de abogado y la promoción de la imagen de la abogacía dentro de la sociedad.

La Corporación está 365 días al año al servicio del colegiado, al servicio del ciudadano.

La sede central de ICAS está situada en calle Chapineros, 6, 41004 Sevilla.

También dispone de dependencias en los Edificios de los Juzgados, Noga y Viapol.

Más información de contacto

La organización del trabajo de ICAS –tanto a nivel político como técnico- responde a criterios de efectividad y eficiencia y de atención a los servicios que se ofrecen a los colegiados y a los ciudadanos.

 

Miembros de la Junta de Gobierno

 

Departamentos del Colegio

Son fines esenciales del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, en el territorio de su competencia: la ordenación del ejercicio de la profesión; la representación exclusiva y excluyente de la misma; la defensa de los derechos e intereses profesionales de los colegiados; la formación profesional permanente de los abogados; el control deontológico y la aplicación del régimen disciplinario en garantía de la sociedad; la defensa del Estado social y democrático de derecho proclamado en la Constitución y la promoción y defensa de los Derechos Humanos; alcanzar la adecuada satisfacción de los intereses generales en relación con el ejercicio de la abogacía; velar por el adecuado nivel de calidad de las prestaciones profesionales de los colegiados; así como la colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de la Administración de Justicia. Son también fines esenciales del Colegio los que se contemplan en la Ley reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.

Son funciones del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, en su ámbito territorial:

a) Ostentar la representación que establezcan las leyes para el cumplimiento de sus fines, y, especialmente, la representación y defensa de la profesión ante las Administraciones Públicas, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios y causas afecten a los derechos e intereses profesionales y a los fines de la Abogacía, así como ejercitar las acciones penales, civiles, administrativas o  sociales que sean procedentes y ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.

b) Informar, en los respectivos ámbitos de competencia, de palabra o por escrito, en cuantos proyectos o iniciativas de las Cortes Generales, del Gobierno, de órganos legislativos o ejecutivos de carácter autonómico y de cuantos otros Organismos lo requieran.

c) Colaborar con el Poder Judicial y los demás Poderes Públicos mediante la realización de estudios, emisión de informes, elaboración de estadísticas y otras actividades relacionadas con sus fines, que le sean solicitadas o acuerde por propia iniciativa.

d) Organizar y gestionar los servicios de asistencia jurídica gratuita y cuantos otros de asistencia y orientación jurídica puedan estatutariamente crearse.

e) Participar, en materias propias de la profesión en los órganos consultivos de las Administraciones Públicas, así como en los organismos interprofesionales.

f) Asegurar la representación de la Abogacía en los Consejos Sociales y Patronatos Universitarios, en los términos establecidos en las normas que los regulen.

g) Participar en la elaboración de los planes de estudios, informar de las normas de organización de los Centros docentes correspondientes a la profesión, mantener permanente contacto con los mismos, crear, mantener y proponer al Consejo General de la Abogacía Española la homologación de Escuelas de Práctica Jurídica y otros

medios para facilitar la formación y el acceso a la vida profesional de los nuevos titulados, y organizar cursos para perfeccionamiento profesional.

h) Ordenar la actividad profesional de los colegiados, velando por la formación, la ética y la dignidad profesionales y por el respeto debido a los derechos de los particulares; ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial; elaborar sus Estatutos particulares y la modificación de los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Consejo General de la Abogacía Española; redactar y aprobar su propio Reglamento de Régimen Interior, sin perjuicio de su visado por el Consejo General, y demás acuerdos para el desarrollo de sus competencias.

i) Organizar y promover actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y otros análogos.

j) Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados impidiendo la competencia desleal entre los mismos.

k) Adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional.

l) Intervenir, previa solicitud, en vías de conciliación o arbitraje en las cuestiones que, por motivos profesionales, se susciten entre los colegiados, o entre éstos y sus clientes.

m) Ejercer funciones de arbitraje en los asuntos que le sean sometidos, así como promover instituciones de mediación y arbitraje o participar en ellas.

n) Resolver las discrepancias que puedan surgir en relación con la actuación profesional de los colegiados y la percepción de sus honorarios, mediante laudo al que previamente se sometan de modo expreso las partes interesadas, una vez sea aceptado el arbitraje por la Junta de Gobierno.

o) Establecer baremos orientadores de honorarios profesionales, y, en su caso, el régimen orientador de las notas de encargo o presupuestos por los servicios profesionales.

p) Informar y dictaminar sobre honorarios profesionales, cuando así lo requiera un Tribunal u órgano judicial, así como establecer, en su caso, servicios para su cobro cuando fueren solicitados por los colegiados.

q) Cumplir y hacer cumplir a los colegiados, en cuanto afecte a la profesión, las disposiciones legales y estatutarias, así como las normas y decisiones adoptadas por los órganos colegiales en materia de su competencia.

r) Cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses de la profesión, de los colegiados y de los fines de la Abogacía.

s) Las demás que vengan dispuestas por la legislación del estado o por la Ley reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía y sus normativas de desarrollo.

La Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, se sesión celebrada el día 4 de octubre de 2019, acordó con la unanimidad de los reunidos: Informar favorablemente la Carta de Servicios a los Ciudadanos elaborada por el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, dada su adecuación al que debe ser su contenido, indicado en el art. 23 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por Decreto 216/2016, de 12 de diciembre.

El Estatuto General de la Abogacía Española, los Estatutos Colegiales y el Código Deontológico de la Abogacía Española son las normas que regulan el ejercicio y la deontología de la profesión de abogado.

Estos textos configuran la abogacía como una profesión libre e independiente que presta un servicio a la sociedad en interés público y que se ejerce en régimen de libre y leal competencia.

 

Normativa Profesional · Estatuto General de la Abogacía · Estatuto del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla Vigente Estatuto del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, aprobado en Junta Extraordinaria de 25 de julio de 2022 · Código Deontológico del CGAE

Memoria anual. Presupuestos. Estadísticas Quejas y Reclamaciones

El Colegio de Abogados edita cada año una Memoria Anual en la que se recogen todas las actividades realizadas por las distintas Comisiones que lo componen así como las principales magnitudes de sus presupuestos y cuentas anuales.

Memoria 2022
Memoria 2021
Memoria 2020
Memoria 2019

Más información: Memoria y presupuestos 

La Abogacía Española ha editado varios libros que contienen, por años desde 2011, todos los informes elaborados por la Comisión Jurídica de la Abogacía.

Los ciudadanos pueden acceder a los informes publicados con el objetivo de dar respuesta jurídica a los problemas que se plantean no solo a los abogados y a los Colegios de Abogados, sino a toda la sociedad española.

Más información: Informes de la Comisión Jurídica

FECHA PARTES OBJETO DURACIÓN MODIFICACIONES OBLIGADOS A LAS PRESTACIONES OBLIGACIONES ECONÓMICAS
28/07/1999 AEAT-ICAS Presentación declaraciones a nombres de terceros Anual prorrogable tácitamente Ninguna AEAT-COLEGIADOS ADSCRITOS NINGUNA
20/10/1999 Univ. Pablo Olavide-ICAS Alumnos. Prácticas en Despacho Abogados Anual prorrogable tácitamente Ninguna UPO-ICAS NINGUNA
11/07/2003 Fundación Andaluza Servicios Sociales – ICAS Orientación gratuita titulares Tarjeta Andalucía 65 Anual prorrogable tácitamente Ninguna FUNDAC. ANDALUZA SERVICIOS SOCIALES – ICAS NINGUNA
09/10/2008 Asoc. Española Asesores Fiscales-ICAS Formación Anual prorrogable tácitamente Ninguna AEDAF-ICAS NINGUNA
14/10/2010 Colegio Abogados México-ICAS Colaboración en formación e investigación Anual prorrogable tácitamente Ninguna ICAM-ICAS NINGUNA
14/12/2011 Universidad Sevilla-ICAS Máster en Abogacía Cuatrienal prorrogable tácitamente Ninguna U.S. – ICAS NINGUNA
23/02/2019 AENTA-ICAS Formación Anual prorrogable tácitamente Ninguna AENTA-ICAS NINGUNA
26/04/2013 Univ. Pablo Olavide-ICAS Máster en Abogacía Bienal prorrogable tácitamente Ninguna UPO – ICAS NINGUNA
12/07/2013 Ministerio Industria-ICAS P.A.I.T. (Punto Asesoramiento e Inicio Tramitac.) Bienal prorrogable tácitamente Ninguna MINISTERIO INDUS.- ICAS NINGUNA
11/11/2013 Banco Santader-ICAS Convenio financiero Anual prorrogable explícitamente Ninguna BCO. SANTANDER-ICAS NINGUNA
12/12/2013 Catastro-ICAS Colaboración en materia de gestión catastral: establecimiento de un Punto de Información catastral (PIC) Anual prorrogable tácitamente Ninguna CATASTRO-ICAS NINGUNA
05/03/2014 Banco Sabadell-ICAS Convenio financiero Anual prorrogable tácitamente Ninguna BCO. SABADELL-ICAS NINGUNA
03/12/2014 Residencia Mayores Claret-ICAS Acceso residenc. condiciones preferentes Anual prorrogable tácitamente Ninguna RESIDENCIA CLARET – ICAS NINGUNA
19/01/2016 FAKALI – ICAS Prevención delitos de odio contra mujeres gitanas Cuatrienal prorrogable tácitamente Ninguna FAKALI – ICAS NINGUNA
01/03/2016 Fundación Gota de Leche – ICAS Colaboración formación y divulgación de sus fines Indefinido Ninguna FUNDAC. GOTA DE LECHE – ICAS NINGUNA
04/10/2016 Asociación Enfermos de Parkinson-ICAS Atención asistenc. Enfermos de parkinson Quinquenal prorrogable tácitamente Ninguna ASOCIAC. ENFERMOS DE PARKINSON NINGUNA
12/06/2017 Univ. Pablo de  Olavide-ICAS Prácticas formativas de alumnos en despachos abogados Anual prorrogable tácitamente Ninguna UPO – ICAS NINGUNA
20/02/2018 Confederación Andaluza de Personas con Discapacidad Promover y difundir los derechos de las personas con discapacidad Indefinido Ninguna COCEMFE – ICAS NINGUNA
25/07/2018 Asociación Prometeo-ICAS Servic. Jurídico Integral para Inmigrantes Bienal Ninguna ASOC. PROMETEO NINGUNA
23/02/2013 AENTA-ICAS Formación Anual prorrogable tácitamente Ninguna AENTA-ICAS NINGUNA
09/09/2019 UNIR-ICAS Prácticas externas Ley acceso Abogacía Anual prorrogable Ninguna UNIR-ICAS NINGUNA
17/09/2019 UNIR-ICAS Formación Anual prorrogable Ninguna UNIR-ICAS Ninguna
30/01/2020 US-ICAS Formación continua en Violencia de Género 1 año académico prorrogable por 2 más Ninguna US-ICAS Ninguna
03/07/2020 Agencia Tributaria de Andalucia – ICAS Representación voluntaria de obligados tributarios 4 años Ninguna ATRIAN – ICAS Ninguna
18/09/2020 Registro de Impagados Judiciales – ICAS Reclamación de pagos de cantidades dinerarias reconocidas en resolución judicial firme. Indefinida hasta denuncia por cualquiera de las partes Ninguna RIJ – ICAS Ninguna

Normas de la Comisión de Ayuda Colegial en vigor desde el 11 de febrero de 2020.

Normas

La Junta de Gobierno no percibe remuneración alguna por su actividad colegial.