Estimadas/os compañeras/os:

 

Por medio del presente os participo, a los efectos oportunos, que se ha publicado en el BOJA de 21 de noviembre de 2019, Edicto de 11 de noviembre de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, dimanante de autos número 1390/2012, por el que se publica el fallo de la Sentencia dictada por el TSJA núm. 3.072/2016, de 12 de diciembre, que anula la Orden de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía de 17 de septiembre de 2012.

 

A partir de la fecha de la citada publicación empieza a contarse el plazo prescriptivo anual para el ejercicio de la acción de responsabilidad patrimonial por quienes no han sido parte en el proceso contencioso-administrativo en el que se anuló la Orden.

 

Un cordial saludo

El decano

Óscar Cisneros Marco

 

BOJA 19225.pdf