CIRCULAR 14/19-CTO. Plazo justificación de asistencias en Guardia 2º Trimestre 2019

Estimado/a compañero/a: 

Debido a que todos los Colegios de Abogados de Andalucía venimos normativamente obligados a presentar ante el Consejo Andaluz de Colegio de Abogados las justificaciones de Guardias con sus asistencias antes del día 10 del mes siguiente a la finalización de cada trimestre para proceder a su contabilización y posterior pago, es necesario, para poder computar esas asistencias, que los compañeros/as que realicen guardias a finales del mes en que finaliza cada trimestre acrediten ante este Colegio las asistencias realizadas en guardia antes del día 10 del mes siguiente para poder abonarlas con asistencias a la cuantía que viene establecida en los baremos de la Junta de Andalucía (140 €/guardia). Las guardias sin asistencia se abonan a 100 €. 

Por todo ello, se recomienda justifiquen esas asistencias en el menor plazo posible desde la realización de la guardia, y siempre antes del día 10 del mes siguiente a la finalización de cada trimestre (Segundo trimestre de 2019, antes del 10 de julio). 

En la seguridad de contar con vuestra colaboración para que esas guardias con asistencias puedan abonarse al pecio que viene establecido, recibe un cordial y afectuoso saludo. 

           

LA SECRETARIA